A través de la Resolución 69/2024, el Ministerio de Economía de Argentina derogó la obligatoriedad de inscripción de los compradores de granos y sus derivados para consumo propio en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) tiene como objetivo agilizar los trámites y eliminar la duplicación de registros que afectaba a los operadores del sector.
La Resolución 69/2024 establece un período de transición de treinta días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial, durante el cual los operadores deben adaptar sus procedimientos a la nueva normativa.
Eliminando esta exigencia, se busca también evitar la superposición de registros en cuanto los productores ya inscritos en RENSPA tienen sus datos cargados en el sistema de la AFIP para la emisión y recepción de cartas de porte, apareciendo automáticamente en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), lo que les permite recibir granos sin necesidad de un registro adicional en el RUCA.
Esta simplificación no solo reducirá el tiempo y los costos asociados con los trámites administrativos, sino que también incentivará a más actores a participar en el comercio de granos y derivados, dinamizando así la economía local y ampliando las oportunidades de exportación.