Se derogó una Resolución de 2017 a través de la cual se creó el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA). Este registro regulaba el comercio interior y exterior de la cadena agroindustrial, con el fin de simplificar ese mercado y facilitar la actividad.

De ese modo, se regularon los requisitos para la matriculación y registro que deben cumplir las personas humanas y/o jurídicas para ser habilitadas para actuar en las actividades de comercialización y/o industrialización de productos agroalimentarios, así como las facultades de fiscalización y control asignadas a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario de la Secretaría de Bioeconomía.

El gobierno resaltó que el comercio exterior de la Argentina “requiere de una fuerte reforma para su fortalecimiento y fomento”.

“En la búsqueda de facilitar las operaciones y asegurar su transparencia, resulta necesario rediseñar los procesos de matriculación y registración de las distintas actividades que forman parte del RUCA”, afirmó.

Asimismo, sostuvo que esas actividades “ya cuentan con diversos registros, habilitaciones y normativa en relación a cuestiones comerciales, sanitarias, fiscales, impositivas o de jurisdicción local que se superponen con el mencionado Registro”.