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RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 26/2020- B.O.: 13/04/2020

En el marco de las disposiciones dictadas por los Poderes Ejecutivos Nacional y Provincial como consecuencia de la emergencia sanitaria por el coronavirus, se ha dispuesto ampliar los plazos y considerar presentados y/o pagados en término distintos tributos provinciales cuyos vencimientos operaban durante el mes de abril de 2020 -RG (API Santa Fe) 25/2020-.
Destacamos que, respecto al impuesto sobre los ingresos brutos, se consideran ingresadas y pagadas en término las declaraciones juradas de los contribuyentes comprendidos o no en el régimen de Convenio Multilateral que se realicen hasta las siguientes fechas:
* Anticipo 2: entre el 15 y el 20 de mayo de 2020, según la terminación de la CUIT de los contribuyentes;
* Anticipo 3 (cuando el impuesto determinado en dicho anticipo sea inferior a $ 10.000): entre el 15 y el 20 de mayo de 2020, según la terminación de la CUIT de los contribuyentes.

TEXTO COMPLETO EN: https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/download/257780/1357752/version/2/file/Resoluci%C3%B3n+General+N%C2%BA+0026-2020.pdf