Prohíbe que los comerciantes se lleven el DNI y la tarjeta de débito o crédito al cobrar.

La transacción deberá realizarse ante la presencia del cliente y acercar el posnet a la mesa en caso de ser necesario.

El objetivo es “verificar la identidad”, así los usuarios serán los únicos que manipulen sus tarjetas y DNI.

Defensa de consumidores  

RESOLUCIÓN 87/2024 (S.C.)   – B.O. 12/03/2024

Sumario: 
Defensa de consumidores — Disposiciones tendientes a la reducción de la captura indebida de datos o de su uso fraudulento. 

Comentario: Se establece que todos los establecimientos comerciales que acepten para la realización de sus transacciones comerciales tarjetas de crédito, compra o débito en los términos del art. 1 de la Ley 25.065 y operen con terminales electrónicas para el pago de las operaciones realizadas (terminales de captura de datos o “POS”), deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación.