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Resolución 114/2020- Secretaría de Comercio Interior- B.O.: 17/04/2020

Se establece para todos los agentes económicos que conforman la cadena de producción, distribución y comercialización, la retrocesión transitoria de los precios de venta del “termómetro corporal de contacto” y del “barbijo no quirúrgico y/o de una capa”, a los valores vigentes al día 6 de marzo del corriente año. Asimismo, se fija transitoriamente el precio máximo para la comercialización a las y los consumidores de dicho producto en la suma de $ 40 por cada unidad.

Texto completo en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227938/20200417